Analiza el constitucionalismo de la democracia social (desde 1917), el
constitucionalismo ambiental (desde 1971) y el respectivo derecho administrativo; de tal manera, ingresan aquí los derechos fundamentales de la llamada segunda a tercera generación.
Lideres: CARLOS ANDRÉS PÉREZ-GARZÓN
(constitucionalismo social)
& JOHN
MARIO MONTENEGRO GALINDO (constitucionalismo ambiental)