Resumen: Los pueblos del mundo se enfrentan a dos vacíos de regulación jurídica internacional en este momento: en primer lugar, la falta de espacios internacionales de deliberación, que incluso puedan llegar a ser vinculantes, a los que puedan acudir directamente sin la necesidad de ser representados por sus Estados, y, en segundo lugar, un inexistente catálogo de derechos, similar al de los derechos humanos individuales, que les garantice una protección frente los Estados y cualquier organismo internacional. Este artículo de reflexión analiza la propuesta del Dr. Antonio José Rengifo de una asamblea constituyente de los pueblos del mundo como mecanismo para garantizarle a los pueblos el reconocimiento jurídico de los dos aspectos mencionados, y la acepta críticamente al identificar dos problemas teóricos que la propuesta debe superar antes de poner en práctica la ruta que se le sugiere para su realización a corto plazo.